El espíritu de organización social y del trabajo era formidable en el pueblo romano. Eso, la religión y la ayuda mutua es, para mí, la causa del nacimiento de los Colegios, entre ellos las corporaciones de trabajadores. El mismo Catón da testimonio que aún en las explotaciones agrarias sólo se ejercía en forma de economía cerrada. Ya en el siglo II a.C. aparecen varias formas de organización del artesanado romano. Los orígenes de las corporaciones de trabajadores, como tantos otros, aparecen velados por la leyenda. Unos dicen que fue Numa Pompilio quien distribuyó al pueblo por oficios y artes, otros que los Colegios datan de la época de Servio Tulio. Aunque probablemente estos surgieron por espontaneidad, los gremios eran una forma de salvaguardar la fuente de trabajo y por ello de ingresos.
Lo que parece seguro es que durante el final de la República algunos de ellos derivaron en organizaciones poderosas a tener en cuenta. Tanto es así que en el siglo I a.C., la ley Iulia abolía los Colegios y «sodalitia»; pocos años después Julio César los restauraba el 59, para volver abolirlos de nuevo tres años después. Esta ley distinguía entre varios tipos de organizaciones:
* Collegia compitalitia. — Al parecer estos eran ni más ni menos que cofradías religiosas donde se agrupaba la plebe romana, probablemente por barrios. Se reunían para celebrar fiestas en honor a sus dioses Lares y protectores, con ofrendas, sacrificios, banquetes y libaciones.
* Sodalitates sacrae. — En origen también religiosas, que agrupaban a los patricios o a los adinerados en el culto de ciertos dioses. Mezclaban los rituales religiosos con otro tipo de celebraciones. Catón explica los banquetes que celebraba con sus «sodales» (camaradas) en los años de su juventud. Algunas «sodalitates sacrae» fueron transformándose en asociaciones que, aprovechándose de un régimen de absoluta libertad, se convirtieron en uno de los más poderosos aliados para conquistar el poder. Derivaron en organizaciones políticas con hombres coincidentes en conveniencias. Su participación en la vida política activa fue muy intensa. No dudaban en organizar alborotos o motines. La ley Iulia no tuvo efecto más que aparente, de alguna manera siguieron subsistiendo enmascaradas en algún otro tipo de asociación, como por ejemplo asociaciones religioso-funerarias. En mi opinión personal la prohibición de estos Colegios fue provocada en parte por la conjuración de Catalina pues muchos de estos apoyaron al conspirador.
* Collegia artificum vel opifieum. — Eran Colegios puramente profesionales, a los cuales hace alusión la ley Iulia al proscribir las demás asociaciones. El régimen de total libertad se acabó al final de la república. Esta ley los permitió subsistir pero con el control y la autorización del estado. El poder romano recelaba de todo tipo de organización por lo que fueron sometidos a una reglamentación estricta.
Emperadores como Trajano favorecieron a los Colegios que se dedicaban solo a la actividad profesional, que no pretendían otra cosa que defender intereses mutuos, y les concedió privilegios y los dejó extenderse por las provincias. Esta estrategia era otra de las que utilizaba Roma para la centralización y la romanización de los territorios del Imperio.
El estado tenía la capacidad de disolver cada una de estas organizaciones si sobrepasaban su actividad pero en cuanto a la estructura de gobierno estos Colegios se ordenaban como libremente creían sin más límite que el derecho púbico romano. Decidían internamente: las normas o estatutos de entrada, permanencia y expulsión; el régimen de gobierno; los fines de la asociación; las relaciones entre los miembros, y los días de celebración.
Los cargos eran normalmente elegidos en elecciones internas. Como hemos dicho estas organizaciones al gozar de libertar organizativa eran heterogenias pero tenían algunos rasgos comunes en sus gobernantes: los «principales», nombrados por cinco años o a perpetuidad; los «curatores», que administraban el patrimonio y realizaban las medidas de interés general; los «arcarii», controladores de las cuentas; los «syndicus», representantes legales ante los tribunales; los «cuestores», encargados de cobrar las cuotas o cualquier otra fuente de ingresos, y, ¿cómo no?, el «Patrón», el jefe de la corporación y representante ante los poderes públicos.
Normalmente celebraban sus reuniones en una sede propia por lo general edificada a cargo del tesoro de la organización. Todo indica que la ley Iulia, de la que solo conocemos referencias, limitaba las reuniones a como mucho una al mes. Anteriormente se convocaban con mayor periodicidad, pero la excesiva frecuencia con que se reunían despertaba las sospechas del poder establecido, siempre temeroso a las conspiraciones. Los temas y resoluciones se adoptaban por mayoría al igual que se hacía con los nombramientos. Decir también que los Colegios tenían personalidad jurídica, pudiendo comprar, vender, contratar o adquirir obligaciones como entidad y ejercer acciones para defender sus intereses ante la administración y los tribunales.
Como es de esperar estos Colegios abarcaban todos los sectores económicos de Roma. En lo que hace referencia a la alimentación había una multitud de especialidades entre ellas los que vendían mercancías como frutas, «fructuarii», o sandías, «peponarii», hasta gentes que trabajaban la tierra y luego exponían sus propios productos, «olitores» u hortelanos, o aquellos que pescaban y vendían lo que pescaban, piscatores. También había especialidades más técnicas como; los «vinarii» ambulantes que con los carros llenos de barriles y ánforas vendían sus vinos o los «thermopolae» que servían agua y vino a la temperatura deseada. Sin olvidar los reposteros, «siliginarii», o confiteros, «pastillarii». En cuanto al comercio de lujo estaban los fabricantes de perfumes y los drogueros, «pigmentarii»; los fabricantes de espejos, «speculari», o los talladores de marfil, «eborari». En las profesiones relacionadas con lo textil se separaba la fabricación de la venta de y de esa manera estaban los «lintarii», artesanos del lino o los «vestiarii», que elaboraban vestidos. También hemos de nombrar todas las industrias relacionadas como los lavanderos, «fontani», o tintoreros, «tinctores». También abundaban los oficios en los que el fabricante y el vendedor eran la misma persona como por ejemplo los artesanos de la piel, «pelliones», o los ebanistas, «citrarii». No olvidemos tampoco los oficios de la construcción como albañiles, «structores», o carpinteros, «fabri tignarii». Por último nombraré alguno relacionados con el transporte como los muleros, «muliones», o los carreteros, «catabolenses».
Lo que parece seguro es que durante el final de la República algunos de ellos derivaron en organizaciones poderosas a tener en cuenta. Tanto es así que en el siglo I a.C., la ley Iulia abolía los Colegios y «sodalitia»; pocos años después Julio César los restauraba el 59, para volver abolirlos de nuevo tres años después. Esta ley distinguía entre varios tipos de organizaciones:
* Collegia compitalitia. — Al parecer estos eran ni más ni menos que cofradías religiosas donde se agrupaba la plebe romana, probablemente por barrios. Se reunían para celebrar fiestas en honor a sus dioses Lares y protectores, con ofrendas, sacrificios, banquetes y libaciones.
* Sodalitates sacrae. — En origen también religiosas, que agrupaban a los patricios o a los adinerados en el culto de ciertos dioses. Mezclaban los rituales religiosos con otro tipo de celebraciones. Catón explica los banquetes que celebraba con sus «sodales» (camaradas) en los años de su juventud. Algunas «sodalitates sacrae» fueron transformándose en asociaciones que, aprovechándose de un régimen de absoluta libertad, se convirtieron en uno de los más poderosos aliados para conquistar el poder. Derivaron en organizaciones políticas con hombres coincidentes en conveniencias. Su participación en la vida política activa fue muy intensa. No dudaban en organizar alborotos o motines. La ley Iulia no tuvo efecto más que aparente, de alguna manera siguieron subsistiendo enmascaradas en algún otro tipo de asociación, como por ejemplo asociaciones religioso-funerarias. En mi opinión personal la prohibición de estos Colegios fue provocada en parte por la conjuración de Catalina pues muchos de estos apoyaron al conspirador.
* Collegia artificum vel opifieum. — Eran Colegios puramente profesionales, a los cuales hace alusión la ley Iulia al proscribir las demás asociaciones. El régimen de total libertad se acabó al final de la república. Esta ley los permitió subsistir pero con el control y la autorización del estado. El poder romano recelaba de todo tipo de organización por lo que fueron sometidos a una reglamentación estricta.
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Los colegios de profesionales necesitaban autorización del Emperador o del Senado para su existencia. De esa manera estas organizaciones fueron dejando de ser solo una unión de artesanos o profesionales que defienden intereses propios, basados en la solidaridad entre iguales en una unión directa y natural y se fueron convirtiendo en una fuerza y un elemento del poder del Estado.
Emperadores como Trajano favorecieron a los Colegios que se dedicaban solo a la actividad profesional, que no pretendían otra cosa que defender intereses mutuos, y les concedió privilegios y los dejó extenderse por las provincias. Esta estrategia era otra de las que utilizaba Roma para la centralización y la romanización de los territorios del Imperio.
El estado tenía la capacidad de disolver cada una de estas organizaciones si sobrepasaban su actividad pero en cuanto a la estructura de gobierno estos Colegios se ordenaban como libremente creían sin más límite que el derecho púbico romano. Decidían internamente: las normas o estatutos de entrada, permanencia y expulsión; el régimen de gobierno; los fines de la asociación; las relaciones entre los miembros, y los días de celebración.
Los cargos eran normalmente elegidos en elecciones internas. Como hemos dicho estas organizaciones al gozar de libertar organizativa eran heterogenias pero tenían algunos rasgos comunes en sus gobernantes: los «principales», nombrados por cinco años o a perpetuidad; los «curatores», que administraban el patrimonio y realizaban las medidas de interés general; los «arcarii», controladores de las cuentas; los «syndicus», representantes legales ante los tribunales; los «cuestores», encargados de cobrar las cuotas o cualquier otra fuente de ingresos, y, ¿cómo no?, el «Patrón», el jefe de la corporación y representante ante los poderes públicos.
Normalmente celebraban sus reuniones en una sede propia por lo general edificada a cargo del tesoro de la organización. Todo indica que la ley Iulia, de la que solo conocemos referencias, limitaba las reuniones a como mucho una al mes. Anteriormente se convocaban con mayor periodicidad, pero la excesiva frecuencia con que se reunían despertaba las sospechas del poder establecido, siempre temeroso a las conspiraciones. Los temas y resoluciones se adoptaban por mayoría al igual que se hacía con los nombramientos. Decir también que los Colegios tenían personalidad jurídica, pudiendo comprar, vender, contratar o adquirir obligaciones como entidad y ejercer acciones para defender sus intereses ante la administración y los tribunales.
Un tipo especial de estos colegios eran los públicos, evidentemente dependían del estado pues sus profesiones eran indispensables para el funcionamiento de este. Por ejemplo los Colegios de: «navicularii», transportistas de productos esenciales, sobre todo trigo; «nautae Tiberini», pertenecientes a la flota del Tíber y del puerto fluvial de Emporium; «pistores», panaderos, o «porcinarii», carniceros de cerdos, entre otros. Estos agremiados tenían ventajas como por ejemplo no pagar o pagar menos impuestos. Sin embargo estos se encontraban ligados a su oficio sin que pudieran dejarlo bajo ninguna circunstancia.
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Como he recordado el fin mutualista, unido al religioso, es seguramente el móvil principal que impulsó, en su origen, a los Colegios de artesanos. Si estos se basaban en la confraternidad, libres de toda injerencia en la política, eran mirados con simpatía por las clases dirigentes del estado romano. Con la evolución de los Colegios, parece ser que el espíritu de hermandad se fue templando por la acción del estado. Aun así es de suponer que, dentro de los mismos, siguiesen subsistiendo éstos a manera de sociedades de socorros mutuos, sobre todo para los riesgos de enfermedad y de muerte. Si bien en nuestros días estos temas son importantes en aquella época era algo que ocupaba una de las prioridades de cualquier ciudadano o trabajador.
Escrito por Ángel Portillo.
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Miembro de Divulgadores de la Historia.
Miembro del grupo de recreación historica Barcino Oriens. (Legio II Traiana Fortis, Ludus Gladiatorius Barcinonensis, Ornatrices Barcinonensis).
Fuentes: Historia de la previsión en España de Antonio Rumeu de Armas y La vida en la antigua Roma de Harold Whetstone Johnston.
Foto 1: Römisches Mosaik, CC3 by Wolfgang Sauber.
Foto 2: Carruca romana CC2 by Binter.
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