martes, 17 de septiembre de 2019

EPÍSTOLA DE HADRIANO, (MOTIVO: LOS HIJOS ILEGÍTIMOS DE LOS LEGIONARIOS).


Me referiré aquí a una epístola relativa al problema del matrimonio ficticio de los soldados y la incapacidad de heredar de los hijos habidos durante su periodo de servicio.
Fue el mismísimo Augusto quién prohibió que los soldados se casaran mientras estuviesen en servicio activo. Así pues los hijos, que eran en este caso ilegítimos y no reconocidos por el estado, no podían heredar de sus padres durante su etapa activa. En la época de Hadriano se hizo patente que los soldados tenían familias, mujeres estables y descendencia. 

Busto de Hadriano en el museo Capitolino, dominio público.

Estos desajustes entre el derecho y la realidad (la realidad va siempre por delante del derecho) justifican el cambio de la norma por parte de Hadriano. Tras este edicto se reconocía el derecho de los hijos habidos en tales matrimonios a reclamar bienes del padre militar fallecido.

Carta del Emperador, que se publicó en el año 3 del imperio de Hadriano (119 d.C.), durante el consulado de Publio Dasumio Rústico y el tercer consulado del Emperador César Trajano Hadriano Augusto:

Vísperas de las nonas de agosto.
(4 de agosto, las nonas o “nonae” de ese mes eran el 5 y los “idus” el 13).

«Ya sé, amigo Ramnio (parece ser el prefecto de la legión III Cyrenaica), que los hijos habidos durante el servicio militar no pueden heredar de sus padres, y esto no parecía demasiado severo, ya que aquellos habían infringido la disciplina militar. Pero yo aprovecho gustoso las ocasiones de interpretar más humanamente lo que fue estatuido con más rigor por los emperadores que me precedieron. Por lo cual, dispongo que, a pesar de no ser legítimos los hijos habidos durante el servicio militar, también ellos, a pesar de eso, puedan reclamar la posesión hereditaria por aquella disposición del edicto en la que se concede a los cognados, según su grado. Es aconsejable que comuniques públicamente este beneficio mío a mis soldados y a los veteranos, no para que parezca que yo reconozco su derecho, sino para que se acojan a él si no lo sabían.»


(Cognados: en derecho romano, persona unida a otras por lazos de parentesco natural).

_________

Fuente: Militares y Civiles en la Antigua Roma de Juan José Palao Vicente.

Página Facebook: Angel Portillo ·Lignum en Roma·
Blog: Lignum en Roma

Ángel Portillo autor de:
LIGNVM en Amazon.
LIGNVM en Tapae en Amazon.

Miembro del grupo de recreación historica Barcino Oriens (Legio II Traiana Fortis) y Miembro de Divulgadores de la Historia.



1 comentario:

  1. Cada vez.. Admiro mucho más a Adriano... y a Marguerite Yourcenar... me ha gustado... ".. La realidad va por delante del derecho..".. Un abrazo....

    ResponderEliminar